Detalles
Descripción
Área del derecho que se encarga de indemnizar o reparar los daños que una persona le puede causar a otra. El Artículo 1802 del Código Civil de Puerto Rico establece que la persona que por su acción u omisión cause daño a otra, ya sea por culpa o negligencia, estará obligada a reparar el daño causado. Algunas situaciones con las que le podemos asesorar y ayudar son:Accidentes y Caídas.Fractura.Trauma.Incapacidad.Pérdida de Ingresos.Responsabilidad vicaria.Entre otros…